Cómo se calcula la reversibilidad de la pensión?
El cálculo de la reversibilidad de la pensión depende del sistema de seguridad social al que pertenezca el fallecido. A continuación, te explicamos los principales casos:
Sistema de seguridad social público
En el caso de los sistemas de seguridad social pública, el cálculo de la reversibilidad de la pensión se basa en los siguientes factores:
- Base reguladora de la pensión del fallecido
- Porcentaje de pensión que corresponde al beneficiario o beneficiaria
La base reguladora de la pensión del fallecido es el importe que le correspondería recibir si estuviera jubilado en el momento de su fallecimiento. Dicho importe se calcula en función de las cotizaciones que haya realizado a lo largo de su vida laboral.
Por otro lado, el porcentaje de pensión que corresponde al beneficiario o beneficiaria varía según la legislación vigente. Generalmente, este porcentaje oscila entre el 52% y el 70% de la base reguladora.
Sistema de seguridad social privado
En el caso de los sistemas de seguridad social privados, el cálculo de la reversibilidad de la pensión suele basarse en las condiciones establecidas en los contratos de pensiones o planes de pensiones privados. Cada contrato puede establecer condiciones específicas, por lo que es importante revisar detenidamente la documentación correspondiente.
Cómo solicitar la reversibilidad de la pensión?
Para solicitar la reversibilidad de la pensión, es necesario acudir a la entidad gestora correspondiente y presentar la documentación requerida. En general, los documentos necesarios suelen ser:
- Copia del certificado de defunción del fallecido
- Copia del libro de familia o documento que acredite la relación con el fallecido
- Copia del DNI del beneficiario o beneficiaria
- Copia de la última declaración de la renta o documento que acredite los ingresos económicos del beneficiario o beneficiaria
Es importante consultar con la entidad gestora correspondiente para obtener la lista exacta de documentos necesarios.
En resumen, la reversibilidad de la pensión permite que una persona pueda recibir una pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge o pareja de hecho. El cálculo de esta pensión depende del sistema de seguridad social al que pertenezca el fallecido, ya sea público o privado. Para solicitarla, es necesario presentar la documentación requerida en la entidad gestora correspondiente.